DECIMOS:
Que por
medio del presente escrito venimos a interponer RECURSO ORDINARIO contra
la celebración de la Asamblea General de la E.U.C. Sotolargo del 28
de Febrero de mil novecientos noventa y nueve, en base a los siguientes
HECHOS
Y ALEGACIONES:
En virtud
del artículo 29 del Reglamento de Gestión Urbanística
interpongo este recurso ante el órgano establecido en el mismo, el
Ayuntamiento.
- Que se
celebra una Asamblea General de la E.U.C. “Residencial Sotolargo” el día
28 de Febrero con el fin de aprobar unas cuentas de unos gastos “supuestamente”
comunes. Estos gastos no existen, puesto que según la escritura de
cesión, debidamente registrada (Registro 1; Libro 23; Tomo 1371),
no existe ningún elemento común. Y los que hay son de un Club
de propiedad privada.
Por lo expuesto,
Solicitamos
se de por presentado este escrito, por interpuesto Recurso Ordinario y en
atención a los hechos que han quedado expuestos, se sirva ordenar
que
Quede sin efecto la citada Asamblea General.
Por ser de Justicia que pedimos en Sotolargo (Guadalajara) a 20 de Marzo de mil novecientos noventa y nueve
Presidente
Vicepresidente